En
mi aportación personal sobre la última parte del blog y de los temas de la
asignatura quería hablar sobre la gran novedad del EBEP que se entiende por
buena. Me vengo a referir a los tres tipos de pruebas de seleccionan que se
establecieron para poder lograr y garantizar los principios de la selección del
personal de las Administraciones Públicas.
Los
tres tipos de prueba que encontramos son: la oposición, el concurso y el
concurso oposición. En estas, a parte de querer garantizar los principios
establecidos, y que ya sabemos la mayoría de nosotros, se quiere garantizar la
imparcialidad del tribunal, ser una selección técnica y objetiva, etc. Todo ello creo que es un gran paso y está muy
bien considerado pero todos sabemos que a pesar de esto seguimos teniendo
presente numerables casos en los que se pasan por alto todas estas
consideraciones y acceden al puesto o puestos disponibles “ciertas personas”,
es decir, las personas enchufadas como coloquialmente se conoce.
Porque
puedo decir esto hoy en día y cómo puedo corroborarlo, es muy sencillo. Con esa
gran novedad estamos poniendo un filtro al problema que planteo o por lo menos
que sea lo más complicado posible que esto pase, pero pasa, ya que son, por así
decirlo, un momento ya posterior a la mitad de los casos a los que me refiero.
Por qué digo que es un momento posterior, pues porque en un principio para
garantizar quién será seleccionado, de entre todos los opositores o
participantes de las pruebas al acceso del empleo público, la personas que nos
conviene, se le facilitará, a ésta o éstas, el examen o pruebas que deberá
realizar y si no es en su totalidad en gran parte o por encima. Ello dará
facilidades al estudio de la persona en cuestión y por tanto, seguramente
logrará alcanzar unas de las máximas puntuaciones, siendo ello criterio de elegibilidad o requisito
para pasar a la siguiente fase.
Así
aunque el Tribunal o las personas encargadas de elegir o establecer los mejores
para cubrir la plaza, sean totalmente imparciales ya estarán contaminados por
tener entre ellos al susodicho que ha pasado por un “chivatazo”.
Aunque
puede ser que, como personas que somos y así influenciables por innumerables
cosas, podrán incluso no ser imparciales los Tribunales o personal que deberán
elegir a las candidatos para el cargo.
Es
decir, y como conclusión, está muy bien esta nueva reforma o novedad del EBEP
pero sabemos que donde existe la ley existe la trampa y que siguen habiendo
muchos casos en los que no se respetan ningún principio ni criterio, pasando por
alto todo lo moral y práctico en relación al acceso del empleo público. No
dejemos de olvidarlo y si algún día estuviera en nuestras manos, no dejemos que
siga pasando, en la medida que se pueda.
Finalmente,
creo que este tema si quisiéramos desarrollarlo en más profundidad, podríamos,
incluso, relacionarlo con la ética en el trabajo y en cierto aspectos con la
corrupción.
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