Noticia propuesta por Rosario Luque Belmonte
Efe/Redacción. Palma. El
Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha desestimado un recurso de
UGT contra el acuerdo del Consell de Govern de abril de 2012 en el que el
Ejecutivo aprobó la primera fase de reestructuración del sector público
instrumental de Baleares por el que se redujeron los entes autonómicos. La
decisión significó la salida de las empresas públicas de 800 trabajadores,
entre despidos, amortizaciones de plazas y extinciones de contrato.
La Sala de lo
Contencioso-Administrativo del TSJIB considera conforme al ordenamiento
jurídico el acto administrativo impugnado por UGT, que reivindicaba al Govern
por la vía judicial que los 800 despidos se hiciesen con las garantías que da
un ERE (Expediente de Regulación de Empleo) y no con despidos aislados en cada
una de las empresas publicas.
El tribunal, no obstante,
considera formalmente inadmisible el recurso del sindicato. El sindicato había
alegado que el Govern inició con ambas actuaciones unos despidos y
amortizaciones de puestos de trabajo "con carácter masivo", y sin
haber sometido ningún plan de ordenación de recursos humanos a negociación
sindical. UGT impugnó por ello el acuerdo del Consell de Govern, al considerar
que vulneraba el Estatuto Básico del Empleado Público, en el sentido de que los
instrumentos de planificación de los recursos humanos deben ser objeto de
negociación. El sindicato calificó la actuación del Govern de "fraude de
ley" por intentar esquivar las normas laborales de despidos.
El Govern, por su parte, alegó
que el Consell de Govern en el que se acordó la reestructuración del sector
público instrumental entra dentro de las competencias de autoorganización de la
Administración, ya que extinguir fundaciones, organismos, institutos o
sociedades no tiene por qué someterse a negociación sindical2. Según el
Ejecutivo, respaldado ahora por el Tribunal Superior, si las extinciones o
fusiones comportan ceses de relaciones laborales, éstas deben ser tratadas en
cada uno de los entes conforme a las normas que regulen su específico régimen
jurídico.
En paralelo a este proceso, UGT
denunció los despidos en cada uno de los entes públicos, al considerar que el
Govern había vulnerado sus derechos, al amortizar sus plazas sin pagar
indemnización. En ese frente, el sindicato ha obtenido varias victorias
judiciales.
Efe/Redacción. Palma. El
Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha desestimado un recurso de
UGT contra el acuerdo del Consell de Govern de abril de 2012 en el que el
Ejecutivo aprobó la primera fase de reestructuración del sector público
instrumental de Baleares por el que se redujeron los entes autonómicos. La
decisión significó la salida de las empresas públicas de 800 trabajadores,
entre despidos, amortizaciones de plazas y extinciones de contrato.
La Sala de lo
Contencioso-Administrativo del TSJIB considera conforme al ordenamiento
jurídico el acto administrativo impugnado por UGT, que reivindicaba al Govern
por la vía judicial que los 800 despidos se hiciesen con las garantías que da
un ERE (Expediente de Regulación de Empleo) y no con despidos aislados en cada
una de las empresas publicas.
El tribunal, no obstante,
considera formalmente inadmisible el recurso del sindicato. El sindicato había
alegado que el Govern inició con ambas actuaciones unos despidos y
amortizaciones de puestos de trabajo "con carácter masivo", y sin
haber sometido ningún plan de ordenación de recursos humanos a negociación
sindical. UGT impugnó por ello el acuerdo del Consell de Govern, al considerar
que vulneraba el Estatuto Básico del Empleado Público, en el sentido de que los
instrumentos de planificación de los recursos humanos deben ser objeto de
negociación. El sindicato calificó la actuación del Govern de "fraude de
ley" por intentar esquivar las normas laborales de despidos.
El Govern, por su parte, alegó
que el Consell de Govern en el que se acordó la reestructuración del sector
público instrumental entra dentro de las competencias de autoorganización de la
Administración, ya que extinguir fundaciones, organismos, institutos o
sociedades no tiene por qué someterse a negociación sindical2. Según el
Ejecutivo, respaldado ahora por el Tribunal Superior, si las extinciones o
fusiones comportan ceses de relaciones laborales, éstas deben ser tratadas en
cada uno de los entes conforme a las normas que regulen su específico régimen
jurídico.
En paralelo a este proceso, UGT
denunció los despidos en cada uno de los entes públicos, al considerar que el
Govern había vulnerado sus derechos, al amortizar sus plazas sin pagar
indemnización. En ese frente, el sindicato ha obtenido varias victorias
judiciales.
Fuente original:
http://www.diariodemallorca.es/mallorca/2014/03/28/rechazan-recurso-ugt-800-despidos/921350.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.