Tal y como afirma el artículo 15
de la CE: “Todos tienen derecho a la vida
y a la integridad física y moral…”. En el ámbito laboral, los trabajadores
considerados como el recurso humano de una empresa, son sin duda los más
importantes y los que merecen una mayor atención, ya que como bien sabemos son
el único recurso vivo de la empresa, el más complejo, el que está presente en
toda la organización, y es indispensable para la transformación del resto de
recursos organizativos.
Por tanto, es necesario que a
dichos trabajadores se les conceda una Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en
concreto Ley 31/1995 de 8 de noviembre. En un principio es una Ley válida tanto
para el ámbito público como privado. No obstante, existen límites de cara a la
Administración Pública, de manera que no resulta aplicable a actividades como
son la Policía, los profesionales de establecimientos penitenciarios, el
personal civil de emplazamiento militar, las Fuerzas Armadas y Cuerpos de la
Guardia Civil que prestan sus servicios al Ministerio de Defensa, todos éstos
son casos especiales.
Creo que es básico establecer
unos mínimos requisitos de prevención laboral por el bien de todos. Ya sea por motivos de
salud e higiene, suponiendo indirectamente una forma de respeto básico a los
demás, por el simple hecho de que un trabajador en su jornada laboral está en constante
roce y contacto con el resto de colegas, y también por motivos de seguridad,
para lo que sería conveniente un control exhaustivo cada cierto tiempo de las
maquinarias y en general del resto de recursos que no sea humano y pueda
suponer un riesgo y por tanto poner en peligro la seguridad del trabajador.
Por ello es tan importante
prevenir en los temas mencionados, hasta el punto de regularlo por Ley y formar
parte del ordenamiento jurídico.
Es cierta la necesidad acuciante de una prevención legal de los riesgos laborales. Ha sido una descripción muy acertada la del valor humano en la empresa y para los empresarios. Somos sus mejores activos y por ello debemos tener la mejor cobertura posible.
ResponderEliminarTambién es cierto que en el sector público, es más difícil establecer esos límites para la seguridad del trabajador, ya que como bien expones están más relacionados con las confrontaciones sociales.
Quizás discrepe en última instancia con el hecho de que el control de la calidad, la eficacia y demás de tanto maquinaria como entorno del trabajador sea algo que sólo deba ser regulado o mejor dicho revisado en periodos alternos. Pienso que si tanto el empresario como el Gobierno (ya sea por medio de ley u otro) tienen constantemente asegurado al trabajador y velan por su bienestar se conseguiría una mayor productividad y un mayor confort del trabajador en su puesto.