Reflexión personal de Francisco José Gutiérrez Povea
Ineptitud. ¿Cuántas veces hemos terminado de realizar cualquier
trámite en una oficina pública pensando en la falta de aptitud o inhabilidad
del empleado público que nos ha atendido? Nos hallamos, sin duda, ante una
opinión bastante extendida entre la ciudadanía española, sin entrar por
supuesto, en absurdas generalizaciones. Nunca deben pagar justos por pecadores.
¿Nos
encontramos ante un problema de formación? ¿Están todos los empleados públicos
verdaderamente cualificados para el ejercicio de sus funciones? Dice el
artículo 55.1 del Estatuto Básico del Empleado Público: todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al
empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad,
mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en el presente Estatuto y en
el resto del ordenamiento jurídico. Si
de mí dependiera la definición de la palabra utopía en el Diccionario de la Real
Academia de la Lengua Española copiaría y pegaría íntegramente lo establecido
en dicho artículo. Y es que, desgraciadamente, es de sobras conocido que en
nuestra Administración Pública el nepotismo ha estado y está a la orden del día
en materia de contrataciones laborales.
Por tanto, ¿podemos decir que todos los empleados públicos han accedido
a su cargo en la Administración conforme a los principios de igualdad, mérito y
capacidad? ¿Tienen todos y cada uno de ellos una dilatada experiencia
profesional y sobrados conocimientos para desempeñar su función pública? Por
supuesto: en el mundo de la ya mencionada anteriormente utopía. En el mundo
real se busca desesperadamente la huida del mérito y la capacidad, de todo lo
relacionado con el esfuerzo humano e intelectual, y por tanto, la huida de lo
establecido en la misma ley.
A buen seguro el principal problema de todo es que poco hace la
Administración Pública para establecer un verdadero mecanismo de control
formativo que garantice la profesionalidad de sus empleados públicos. ¡Claro
que están las oposiciones! Pero, ¿cuántos funcionarios hay que han sido
colocados a dedo por personas de su entorno con influencia en la
Administración?
En base al artículo 13.3 del Estatuto Básico del Empleado
Público, el personal directivo estará sujeto a evaluación con arreglo a
los criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad por su gestión y
control de resultados en relación con los objetivos que les hayan sido fijados. El
artículo de la inocencia plena. La eficacia y la eficiencia se conforman como
auténticos paradigmas del cargo público. Nada más lejos de la realidad: pocas
veces la eficacia y la eficiencia resultan verdaderamente operativas en el
modelo de Administración Pública actual, algo contrastable con la experiencia
de la ciudadanía.
Y es que, enlazando con lo desarrollado en el párrafo
anterior, el funcionario público debería ejercer su cargo en aras de alcanzar
cotas de alta productividad, basada en los conceptos de eficacia y eficiencia.
La Administración Pública, a diferencia del sector empresarial privado, no ha
conformado a día de hoy un sistema de control de productividad pleno. Somos
muchos los que pensamos que si el salario del funcionario público dependiera de
su productividad y no simplemente de sentarse en una silla a pasar la mañana o
la tarde, el panorama de conformismo actual podría cambiar. Se trata de construir
un sistema de remuneración variable en la Administración Pública, lo que podría
ser una importante estrategia para mejorar el servicio público de acuerdo
con las experiencias internacionales.
¿Cuál es el
principal escollo con respecto a ese sistema de remuneración
variable? Muchos funcionarios no ven la remuneración variable por desempeño
como un incentivo. La mayoría, especialmente aquellos que no ocupan puestos
gerenciales, considera el sueldo fijo y su valor, dentro del mercado, como algo
más importante que la remuneración variable por desempeño en sí. Para ellos, la
naturaleza y el contenido del empleo y las posibilidades de desarrollo dentro
de la carrera profesional son los principales factores de incentivo. La
remuneración variable por desempeño no triunfa entre la mayoría de los
funcionarios, independientemente de su configuración, como un agente
motivador.
¿Y la
formación? He podido observar en varias noticias colgadas por mis compañeros
cómo la Administración Pública está empezando a considerar la importancia de
los cursos de formación que deben poner a disposición de sus empleados. La
sabiduría no ocupa lugar, y el aprendizaje se hace imprescindible para el
progreso diario en el ámbito profesional. La formación es el principal
mecanismo de lucha contra la mediocridad y el conformismo. Está científicamente
comprobado que el trabajador formado y con sobrados conocimientos técnicos es
mucho más resolutivo en su puesto de trabajo que aquél otro con escasa
formación. Y este factor de la mentalidad resolutiva, sin duda, es fundamental
para adecuar un sistema de equilibrio y corrección en el ámbito de los recursos
humanos.
Seguro se me
escapan numerosos aspectos relacionados con el actual modelo inservible y
denostado de Administración Pública, pero al menos creo haber tratado a abrir
puertas y aportar soluciones a este difícil problema con el que seguro
deberemos lidiar en un futuro no lejano los jóvenes españoles. ¿Seremos
capaces? Que la Formación nos acompañe.
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