sábado, 18 de abril de 2015

La mediocridad en la Administración Pública.

Reflexión personal de Francisco José Gutiérrez Povea



Ineptitud. ¿Cuántas veces hemos terminado de realizar cualquier trámite en una oficina pública pensando en la falta de aptitud o inhabilidad del empleado público que nos ha atendido? Nos hallamos, sin duda, ante una opinión bastante extendida entre la ciudadanía española, sin entrar por supuesto, en absurdas generalizaciones. Nunca deben pagar justos por pecadores.

¿Nos encontramos ante un problema de formación? ¿Están todos los empleados públicos verdaderamente cualificados para el ejercicio de sus funciones? Dice el artículo 55.1 del Estatuto Básico del Empleado Público: todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en el presente Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico. Si de mí dependiera la definición de la palabra utopía en el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española copiaría y pegaría íntegramente lo establecido en dicho artículo. Y es que, desgraciadamente, es de sobras conocido que en nuestra Administración Pública el nepotismo ha estado y está a la orden del día en materia de contrataciones laborales.

Por tanto, ¿podemos decir que todos los empleados públicos han accedido a su cargo en la Administración conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad? ¿Tienen todos y cada uno de ellos una dilatada experiencia profesional y sobrados conocimientos para desempeñar su función pública? Por supuesto: en el mundo de la ya mencionada anteriormente utopía. En el mundo real se busca desesperadamente la huida del mérito y la capacidad, de todo lo relacionado con el esfuerzo humano e intelectual, y por tanto, la huida de lo establecido en la misma ley.

A buen seguro el principal problema de todo es que poco hace la Administración Pública para establecer un verdadero mecanismo de control formativo que garantice la profesionalidad de sus empleados públicos. ¡Claro que están las oposiciones! Pero, ¿cuántos funcionarios hay que han sido colocados a dedo por personas de su entorno con influencia en la Administración?

En base al artículo 13.3 del Estatuto Básico del Empleado Público, el personal directivo estará sujeto a evaluación con arreglo a los criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad por su gestión y control de resultados en relación con los objetivos que les hayan sido fijados. El artículo de la inocencia plena. La eficacia y la eficiencia se conforman como auténticos paradigmas del cargo público. Nada más lejos de la realidad: pocas veces la eficacia y la eficiencia resultan verdaderamente operativas en el modelo de Administración Pública actual, algo contrastable con la experiencia de la ciudadanía.



Y es que, enlazando con lo desarrollado en el párrafo anterior, el funcionario público debería ejercer su cargo en aras de alcanzar cotas de alta productividad, basada en los conceptos de eficacia y eficiencia. La Administración Pública, a diferencia del sector empresarial privado, no ha conformado a día de hoy un sistema de control de productividad pleno. Somos muchos los que pensamos que si el salario del funcionario público dependiera de su productividad y no simplemente de sentarse en una silla a pasar la mañana o la tarde, el panorama de conformismo actual podría cambiar. Se trata de construir un sistema de remuneración variable en la Administración Pública, lo que podría ser una importante estrategia para mejorar el servicio público de acuerdo con las experiencias internacionales. 

¿Cuál es el principal escollo con respecto a ese sistema de remuneración variable? Muchos funcionarios no ven la remuneración variable por desempeño como un incentivo. La mayoría, especialmente aquellos que no ocupan puestos gerenciales, considera el sueldo fijo y su valor, dentro del mercado, como algo más importante que la remuneración variable por desempeño en sí. Para ellos, la naturaleza y el contenido del empleo y las posibilidades de desarrollo dentro de la carrera profesional son los principales factores de incentivo. La remuneración variable por desempeño no triunfa entre la mayoría de los funcionarios, independientemente de su configuración, como un agente motivador. 




¿Y la formación? He podido observar en varias noticias colgadas por mis compañeros cómo la Administración Pública está empezando a considerar la importancia de los cursos de formación que deben poner a disposición de sus empleados. La sabiduría no ocupa lugar, y el aprendizaje se hace imprescindible para el progreso diario en el ámbito profesional. La formación es el principal mecanismo de lucha contra la mediocridad y el conformismo. Está científicamente comprobado que el trabajador formado y con sobrados conocimientos técnicos es mucho más resolutivo en su puesto de trabajo que aquél otro con escasa formación. Y este factor de la mentalidad resolutiva, sin duda, es fundamental para adecuar un sistema de equilibrio y corrección en el ámbito de los recursos humanos.

Seguro se me escapan numerosos aspectos relacionados con el actual modelo inservible y denostado de Administración Pública, pero al menos creo haber tratado a abrir puertas y aportar soluciones a este difícil problema con el que seguro deberemos lidiar en un futuro no lejano los jóvenes españoles. ¿Seremos capaces? Que la Formación nos acompañe.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.