viernes, 22 de abril de 2016

REFLEXIÓN PERSONAL: CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

Noticia publicada por Marta Luisa Alonso Forcada.
Las condiciones laborales de hombres y mujeres han experimentado un importante cambio en los últimos siglos y la incorporación de las mujeres a la vida laboral ha supuesto una revolución en las condiciones de vida de muchas familias. Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), durante buena parte de la vida, las personas dedican unas 8 horas a trabajar, lo que supone que las condiciones laborales van a repercutir en muchos aspectos de la misma. Diversos estudios relacionan las condiciones laborales con la calidad de vida de las personas trabajadoras y con su salud.
La gestión de los recursos humanos en la Administración Pública en relación con la conciliación de la vida laboral y familiar ha tenido un gran impulso en los últimos años, sobre todo a raíz de la promulgación de la Ley 39/1999, de 5 de Noviembre para promover la conciliación de la vida laboral y familiar de las personas trabajadoras, aunque ya existían algunas referencias a esta cuestión en la legislación, sobre todo en relación con la maternidad. Esta ley supuso un gran avance en los derechos de las personas trabajadoras de la Administración Pública, donde las medidas fueron más fácilmente aplicables que en el sector privado. Las medidas adoptadas facilitan, sobre todo, la atención de menores y familiares enfermos o discapacitados, y se basan fundamentalmente en favorecer la ausencia del trabajo en determinadas circunstancias o en reducir la jornada laboral si así se solicita. Las grandes “favorecidas” por esta serie de medidas son las mujeres, ya que ellas son las que tradicionalmente se han encargado del cuidado de la familia. Pero, ¿realmente favorecen este tipo de medidas a las mujeres? ¿Sólo es necesaria la conciliación cuando existen cargas familiares?
Es evidente que la ley intenta dar respuesta a una necesidad de la sociedad en cuanto al cuidado de la familia, pero las soluciones aportadas pasan casi siempre por “mandar” a las mujeres a casa unas horitas o unos días, o, en el peor de los casos, por renunciar al trabajo asalariado. Esto supone una discriminación encubierta por las consecuencias a largo plazo sobre la carrera profesional, la promoción en el puesto de trabajo, la formación e incluso, la pensión de jubilación. Sobra decir que, por supuesto, el trabajo doméstico, no laboral, no se contabiliza en el curriculum, pero es trabajo igualmente, de lo que podemos deducir que la jornada laboral en las personas que tienen que conciliar vida laboral y familiar suele ser de mucho más de 8 horas al día, con las consecuencias que ya hemos mencionado. Otros factores como la competitividad, la productividad, la organización del trabajo, el clima laboral, el miedo al paro… hacen que los niveles de estrés entre las personas trabajadoras se hayan disparado. Los gestores de recursos humanos deben hacer un esfuerzo por equilibrar esta situación de forma que todas las personas trabajadoras tengan la posibilidad de compaginar el trabajo con su familia y también con sus aficiones y deseos personales, mediante fórmulas que se adapten a cada necesidad.
La reciente crisis económica, y sus devastadores efectos sobre el empleo, ha motivado la puesta en marcha de una serie de medidas de contención del gasto público. Por otro lado, la aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad ha supuesto, entre otras consecuencias, la ampliación de la jornada laboral del personal de la administración pública, lo que viene a poner más piedras en el camino.



http://www.msssi.gob.es/ssi/igualdadOportunidades/iEmpleo/img/vineta.gif







Fuente: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.




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