sábado, 29 de marzo de 2014

Reflexión personal: LA LABORALIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO.

Como sabemos, dentro de la Administración Pública podemos encontrar tanto personal funcionario como trabajadores sujetos a contratos laborales, regulados por derecho privado, un sistema que no es homogéneo y mucho menos sometido al mismo régimen jurídico.
En los últimos años se ha fomentado un aumento de esos últimos trabajadores iniciándose un proceso lento y progresivo de laboralización, que no tiende a suprimir y a sustituir a los trabajadores funcionarios pero sí que incide en su régimen y organización. Este proceso no solo modifica la forma de incorporación a las administraciones de las personas a su servicio, sino que también afecta al sistema estructural de la función pública,  a su régimen jurídico, a las fuentes reguladoras y los instrumentos de autodefensa de los que se encuentran sometidos al régimen estatutario. La razón de esta transformación y esta incorporación a nuestra administración es llevar nuestro sistema a un sistema más abierto de administración y con ello conseguir mayor flexibilidad en la gestión de los recursos humanos, cosa que se hace más fácil con técnicas contractuales, es decir la herramienta del contrato laboral.
Pero este proceso, no ha facilitado las cosas en nuestra estructura, sino al revés. Por la aplicación del régimen laboral al personal de la administración se han ocasionado innumerables contradicciones y colisiones entre el derecho administrativo y el derecho del trabajador privado. Sin mencionar que la Constitución establece unos principios que deben aplicarse a todo empleado público, cosa que no se cumple con este nuevo sistema. Uno de los problemas más destacados en el proceso de laboralización es la escasez de integración del personal laboral y el inadecuado régimen jurídico, ya que tanto el Estatuto de los Trabajadores como sus normas de desarrollo hacen escasas referencias a este colectivo.
El sistema que se escogió para modernizar nuestra administración y convertirla en un sistema abierto no ha funcionado y no ha solucionado el problema de la dualidad de regímenes y mucho menos los inconvenientes tradicionales del personal estatutario. Por mucho que se ha querido aproximar las dos figuras, la laboral y el estatutario, en temas como el despido o la sindicación, no se puede llevar a una situación de igualdad de trato, cuya consecuencia seria infringir los mandatos de la Constitución. No se puede olvidar nunca que los funcionarios y personal estatutario tienen unas garantías, derechos y obligaciones que ninguna otra figura los puede tener.

Por tanto, creo que no se debe optar por la ampliación de la estructura laboral, sino analizar los problemas comunes de raíz y buscar nuevos enfoques que permitan modernizar la administración, alejándonos de los inconvenientes que ofrece la dualidad de regímenes. 

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