miércoles, 8 de mayo de 2013

Regulación del acceso al empleo público

Propuesta por: Rosalía Delgado Agama


La elaboración de la ley que regula la función pública considera oportuna la modificación de algunos puntos del procedimiento de acceso que mejoren la eficacia del sistema así como la motivación y las expectativas de los funcionarios.

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Los procesos de selección tendrán en cuenta los principios de igualdad, mérito, capacidad y transparencia. Para ello, se establecen determinados límites a en la configuración de los comités encargados de la selección del funcionariado. 

Una de las premisas establecidas será la paridad de hombres y mujeres en la composición de las comisiones. Asimismo los miembros de estos órganos de selección se elegirán teniendo en cuenta las garantías de imparcialidad y profesionalidad asegurándose de que su criterio es totalmente independiente.

Por otro lado, se introducen criterios que faciliten un mayor grado de profesionalización del empleo público. Así, por ejemplo, permite que se establezcan modelos de carrera horizontal que consiste en la progresión de grado o categoría sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo para intentar desvincular la idea de ascenso laboral con la movilidad sucesiva de cargos. Los modelos de carrera vertical se seguirán manteniendo en aquellas Administraciones y áreas de empleo público que se considere conveniente seguir aplicando. 

El  procedimiento de selección y control establece un nuevo sistema de pruebas en el que se valorarán una serie de habilidades y destrezas además del dominio de lenguas extranjeras. El proceso de selección se completará con una exposición curricular, una entrevista personal, la superación de unos cursos selectivos y un periodo de prácticas, tal y como ocurre en la empresa privada. La actualización de los criterios de selección pretende que cada puesto sea ocupado por un perfil específico adecuado a las capacidades profesionales. 

Por otro lado, el Estatuto establece la paridad de género para garantizar la igualdad real entre hombres y mujeres. Gracias a este punto de la ley existe una equidad de mérito, capacidad y trato entre ambos sexos y los órganos de selección velarán por el cumplimiento de este principio de igualdad de oportunidades. 

Además del proceso de selección en el desarrollo de las tareas profesionales las Administraciones Públicas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades y deberán adoptar medidas para evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. Asimismo las Administraciones deberán elaborar y aplicar un plan de igualdad que desarrollarán en el convenio colectivo.

Enlace original: http://noticias.universia.es/vida-universitaria/reportaje/2008/04/30/648992/3/estatuto-basico-empleado-publico-examen/regulacion-del-acceso-al-empleo-publico.html

3 comentarios:

  1. Respecto a esta noticia, me gustaría destacar un aspecto que me ha resultado llamativo como es la previsión de la ley para introducir una nueva prueba selección aparte de las tradicionales como son la oposición, el concurso y el concurso-oposición. En esta nueva prueba, no solo se valoraran sus conocimientos sino que se tendrán en cuenta las habilidades de los aspirantes al puesto y sus conocimiento de lenguas extranjeras, además de una entrevista y la realización de prácticas, entre otras cosas. Ésto va a suponer, en mi opinión, una mayor calidad del servicio de las administraciones públicas ya que se les exigen a los futuros empleados mas conocimientos y habilidades que antes, lo cual va a suponer una mayor preparación por parte de los mismos.

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  2. Me resulta llamativo de esta noticia, el reconocimiento, por parte de la administración, de la inclusión de nuevos criterios de selección de personal en el sistema de acceso a la función pública.
    Éstos son, tras cómo nos deja ver la noticia, los ya aplicados principios de igualdad, mérito, capacidad y transparencia, paridad de hombres y mujeres en la composición de las comisiones, entre otros. A los que se le adhieren, determinadas pruebas, en las cuales, se valorarán una serie de habilidades y destrezas además del dominio de lenguas extranjeras, una exposición curricular, una entrevista personal, la superación de unos cursos selectivos y un periodo de prácticas, tal y como ocurre en la empresa privada.
    Me parece correcto el establecimiento de estos nuevos criterios, ya que los fines que persigue son, que cada puesto de la administración sea ocupado por la persona más idónea para el desempeño de la función requerida, mejorando de esta forma, la eficacia del sistema así como la motivación y las expectativas de los funcionarios.

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  3. Al igual que a mis compañeras me ha llamado mucho la atención esta noticia debido a que creo que es esencial que la Administración establezca unas pautas lo más concisas posibles para los procedimientos de acceso ya que tal y como hemos leído en la noticia esto mejorará tanto la eficacia del sistema como la motivación y las expectativas de los funcionarios.

    Entre esos criterios nuevos impuestos por la Administración podemos observar: que se tendrán en cuenta principios de igualdad, mérito, capacidad y transparencia; que tendrá que haber paridad de hombres y mujeres en la composición de las comisiones y que éstos se elegirán teniendo en cuenta las garantías de imparcialidad y profesionalidad asegurándose de que su criterio es totalmente independiente; se establecerá un nuevo sistema de pruebas en el que se van a valorar unas habilidades y destrezas además del dominio de lenguas extranjeras (cosa que me parece fundamental en un empleado de una Administración Pública); paridad de género para garantizar la igualdad real entre hombres y mujeres…etc.

    Sin embargo lo que más me ha llamado la atención ha sido el tema de la movilidad, ya que es cierto que muchos empleados públicos no deciden ascender ni progresar en su carrera debido a que tienen ya su familia y vida organizadas en un lugar y les cuesta mucho trabajo tener que cambiar de ciudad.

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